Litigio Familiar en Cipolletti: Un Caso de Herencia que Desató Controversia
En 2019, un conflicto familiar reverberó en Cipolletti cuando una mujer decidió ceder los derechos hereditarios que le correspondían por la sucesión de su marido fallecido a uno de sus hijos. Este acto, formalizado en una escritura pública, se transformó en el inicio de un prolongado litigio familiar. Sus otras cuatro hijas sostienen que su madre padecía de demencia senil y depresión al momento de firmar el documento, argumentando que esto la incapacitaría para comprender las implicancias de su decisión.
Argumentos de la Controversia y la Acción Judicial
Las hermanas no solo cuestionaron la salud de su madre, sino que también argumentaron que el precio consignado en la escritura era irrisorio y no reflejaba el valor real de los derechos cedidos. Además, sostuvieron que se trataba de una donación disfrazada de cesión onerosa, diseñada para excluirlas de la herencia que legalmente les correspondía como herederas forzosas. Ante esta situación, promovieron un incidente de redargución de falsedad contra la escritura y contra la escribana que la autorizó, buscando anular el instrumento.
Decisiones Judiciales y el Futuro del Caso
El fuero Civil de Cipolletti desestimó el incidente, argumentando que la redargución de falsedad tiene un alcance limitado. La sentencia aclaró que los problemas invocados —capacidad de la cedente, simulación del negocio y precio irrisorio— deben ser discutidos a través de una acción ordinaria de nulidad. El tribunal también consideró insuficiente la prueba presentada, que consistía en un certificado médico obtenido después del fallecimiento de la madre, conexión que no respaldaba adecuadamente el estado mental de la mujer en 2019.
Tras la apelación de una de las hermanas, la Cámara Civil de Cipolletti confirmó la sentencia anterior, señalando que si bien puede aplicarse la norma correcta, no se puede transformar completamente una acción en otra diferente. La decisión final de la Cámara cierra, por ahora, el camino incidental, aunque no impide a las mujeres promover una acción de nulidad con pruebas adecuadas si así lo deciden.